El jurista y catedrático Eduardo Jorge Prats aseguró ayer que el control de la constitucionalidad de las sentencias dictadas por los tribunales ordinarios por parte del Tribunal Constitucional es algo común en todos los países donde existe ese órgano.
“Lo que debe hacer el legislador es regular la revisión constitucional de sentencias como quiere y manda el artículo 277 de la Constitución, y como se negó a hacer el Senado por presiones del magistrado Jorge Subero Isa, adversario acérrimo declarado del Tribunal Constitucional, desde el momento mismo del inicio de la reforma constitucional”, sostuvo Jorge Prats.
El experto en derecho constitucional señaló que en España, en el primer año de operación del Tribunal Constitucional (1981), se conocieron 21 recursos de inconstitucionalidad contra sentencias.
“Pero ya en el año 2009, el Tribunal Constitucional anuló 149 decisiones judiciales por considerarlas inconstitucionales, incluyendo 19 decisiones dictadas por el Tribunal Supremo español”, explicó Jorge Prats.
Dijo que en el caso de Colombia, de 1992 a 2004, la Corte Constitucional conoció 55 casos que involucraban decisiones de la Corte Suprema de Justicia, anulando 18 decisiones, por resultar ser inconstitucionales, y confirmando 37 decisiones “en donde la Corte Constitucional consideró que la sentencia dictada por la Corte Suprema era constitucional”, indicó.
Resaltó que Colombia es un caso ilustrativo, porque tanto en ese país como en República Dominicana los jueces ordinarios conocen de la constitucionalidad mediante el control difuso.
Agregó que en Alemania, de 1991 al 2004, se incoaron ante el Tribunal Constitucional 11 mil 200 recursos de inconstitucionalidad contra decisiones provenientes de las altas cortes alemanas, que son la Corte Federal de Justicia, la Corte Administrativa Federal, la Corte Social Federal, la Corte Laboral Federal y la Corte Financiera Federal.
Jorge Prats enfatizó que las instancias enumeradas conforman los cinco tribunales supremos con que cuenta el sistema de justicia de la Federación Alemana. “Es decir, el Tribunal Constitucional alemán revisa y anula sentencias de cinco Supremas Cortes de Justicia.
El Tribunal Constitucional revocó 1,799 decisiones de esas altas cortes. Es decir, que al revisar esas 11,200 decisiones consideró que en un 16% de los casos las altas cortes habían violado la Constitución alemana”, manifestó Jorge Prats.
Experiencia de países
Jorge Prats dijo que los casos citados confirman que donde existe el Tribunal Constitucional éste tiene la última palabra en materia constitucional, “y nadie ha muerto por ello en una supuesta colisión de trenes”.